Respuesta correcta
Sí, y su conductor está obligado a utilizarlo.
Sí, y el conductor debe utilizarlo. Desde el 6 de julio de 2022, la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Tráfico exige alcoholímetro antiarranque a los vehículos M2 y M3 destinados al transporte de viajeros que dispongan de interfaz normalizada para instalarlo. No basta tener solo la interfaz o el aparato sin usar. Debe utilizarse conforme a su funcionamiento y requisitos; superar el control no garantiza por sí solo aptitud para conducir ni elimina otras obligaciones de seguridad.
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No, excepto si el autobús es de nueva matriculación.
Sí, y su conductor está obligado a utilizarlo.
Sí, aunque su conductor no está obligado a utilizarlo.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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