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DDificultad 3/5

Todas las preguntas del permiso D · Banco de preguntas DGT

¿Es obligatorio que un autobús esté equipado con luz antiniebla trasera?

Respuesta correcta

Sí.

Sí. El Reglamento General de Vehículos exige que los autobuses estén dotados de luz antiniebla trasera. Estar equipado no significa llevarla siempre encendida: el artículo 106 del Reglamento General de Circulación reserva su uso a condiciones especialmente desfavorables, como niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo. Ese artículo no establece un umbral general de 50 metros.

Base legal: art. 106 RGC

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Todas las opciones

  • No, solo es obligatoria en los turismos.

  • Sí.

  • No, es opcional en los autobuses.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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