Respuesta correcta
No, está prohibido.
No. El artículo 114 prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo y abrirlas antes de su completa inmovilización. Al abrirlas o salir, compruebe también que no crea peligro u obstáculo, especialmente a ciclistas. La prohibición no se limita a las puertas delanteras.
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No, está prohibido.
Sí, porque mejora siempre la aerodinámica.
Puede llevar abiertas las traseras, pero no las delanteras.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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