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DDificultad 3/5

¿Puede fundamentarse una obligación general actual de llevar el rótulo frontal de origen y destino del autobús en el artículo 8 de la Orden FOM/1230/2013?

Respuesta correcta

No, ese artículo quedó sin contenido en 2019.

No. El artículo 8 quedó sin contenido por el Real Decreto 70/2019. No debe tratarse esa disposición antigua como una obligación estatal general vigente. Ello no excluye requisitos de identificación o información establecidos por el contrato del servicio o por otras normas aplicables; deben cumplirse los que correspondan al servicio concreto.

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Todas las opciones

  • Sí, el artículo 8 conserva íntegra aquella obligación general.

  • Sí, pero ese artículo solo la exige para servicios regulares de uso especial.

  • No, ese artículo quedó sin contenido en 2019.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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