Respuesta correcta
Sí.
Sí, si el vehículo lo permite y está autorizado el uso de las luces de carretera. El artículo 100 permite utilizarlas solas o junto con las de cruce, pero no elimina las restricciones: deben sustituirse por cruce si pueden deslumbrar y no pueden usarse como alumbrado ordinario en vías urbanas, ni con el vehículo parado o estacionado. Llevar ambas encendidas no garantiza por sí solo mayor seguridad.
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Sí.
Solo en vías urbanas.
No.
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