Respuesta correcta
Aquel que constituya un riesgo u obstáculo a la circulación.
Se considera una parada o estacionamiento en lugar peligroso cuando obstaculice la circulación y cuando no permita el paso de otros vehículos o obstaculice la salida o acceso a un inmueble. También será peligroso el estacionamiento en medianas o isletas, o cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada sea menor de tres metros.
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Aquellos realizados cerca de fábricas de materiales explosivos.
Aquel que se realice en zonas cercanas a vehículos que transporten mercancías peligrosas.
Aquel que constituya un riesgo u obstáculo a la circulación.
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