Respuesta correcta
Luz antiniebla delantera
La antiniebla delantera. La antiniebla trasera y la luz de frenado forman parte de la dotación obligatoria de un turismo ordinario. No confunda instalación con uso: conforme al artículo 106 del Reglamento General de Circulación, la trasera solo se enciende con condiciones especialmente desfavorables, como niebla espesa, lluvia muy intensa o nubes densas de humo o polvo. La delantera puede utilizarse en las condiciones autorizadas por ese artículo; no debe encenderse indiscriminadamente.
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Luz antiniebla trasera
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Luz de frenado
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