Respuesta correcta
Desde el 10 % de exceso sobre la masa máxima total autorizada.
A partir del 10 % de exceso sobre la masa máxima total autorizada. Para vehículos de más de 12 toneladas, el artículo 141.2 establece la infracción grave desde el 10 % hasta menos del 20 % de exceso total; el artículo 143.4 incluye su inmovilización al detectarse en carretera, salvo circunstancias documentadas en que esa medida entrañe mayor peligro para la seguridad. No es un umbral universal referido solo a la carga: cambian los porcentajes según masa autorizada y exceso total o por eje, y pueden existir otros motivos de inmovilización por seguridad. No está permitido sobrecargar por quedar por debajo de ese umbral.
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Todas las opciones
Solo desde el 30 % de exceso sobre la masa máxima total autorizada.
Desde el 10 % de exceso sobre la masa máxima total autorizada.
Solo desde el 50 % de exceso sobre la masa máxima total autorizada.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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