Respuesta correcta
Sí, a los ciclistas que circulan por el carril bici.
Sí. El artículo 64 concede prioridad a los ciclistas que circulan por un carril bici debidamente señalizado frente a otros vehículos. El turismo debe ceder y no obligarlos a frenar para comprobar si pueden detenerse. Esto no concede prioridad a cualquier ciclista en cualquier situación; respete las órdenes y señales que regulen el paso.
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Sí, pero sólo si el ciclista no puede frenar a tiempo.
Sí, a los ciclistas que circulan por el carril bici.
No, porque el turismo tiene prioridad.
Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección
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