Respuesta correcta
Sí
Sí. El artículo 86.2 exige disminuir la velocidad si, iniciado el adelantamiento, surge peligro para su vehículo o para cualquier otro usuario. No debe acelerar para impedir o dificultar el adelantamiento. Si el adelantante muestra claramente que desiste reduciendo su velocidad, el adelantado no está obligado a reducir la suya cuando hacerlo pondría en peligro la circulación, aunque debe facilitar su regreso al carril.
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Sí
No, nunca debe reducir la velocidad si va a ser adelantado
No, ya que debe aumentar su velocidad
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