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A los 3 años, a partir de la fecha de la primera matriculación.
Los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación.
A los 4 años, a partir de la fecha de fabricación o importación.
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A los 4 años, a partir de la fecha de la primera matriculación.
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Los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación.
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