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El año siguiente.
Los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación. Tras esta primera inspección, deberán pasar las siguientes cada dos años, hasta llegar al año 10 en que pasará a ser anual.
Al cabo de dos años.
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Al cabo de cuatro años.
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Explanation
Los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación. Tras esta primera inspección, deberán pasar las siguientes cada dos años, hasta llegar al año 10 en que pasará a ser anual.
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