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Al cabo de 4 años desde la fecha de matriculación.
Los vehículos de nueva matriculación y de uso privado, dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, y con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación. Posteriormente se pasarán cada 2 años hasta el año 10 en que pasará a ser anual.
Al cabo de 3 años desde la fecha de expedición de la tarjeta de inspección técnica.
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Al cabo de 5 años.
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Explanation
Los vehículos de nueva matriculación y de uso privado, dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, y con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación. Posteriormente se pasarán cada 2 años hasta el año 10 en que pasará a ser anual.
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