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Glosario DGT
BA1A2AM

Luces de cruce

Luces delanteras de corto alcance que iluminan la vía sin deslumbrar a otros conductores.

Definición

Las luces de cruce, también llamadas luces de corto alcance o cortas, iluminan la vía hasta unos 40 metros por delante del vehículo sin deslumbrar al conductor que viene de frente. Son obligatorias de noche y en túneles, y se combinan con las luces traseras rojas de posición.

Datos clave

  • Son obligatorias de noche, en túneles y zonas señalizadas.
  • Iluminan unos 40 metros por delante del vehículo.
  • Son las luces de uso habitual en circulación nocturna en zonas iluminadas y en cruces con otros vehículos.

Truco para el examen

Si te cruzas con otro vehículo de noche, debes pasar inmediatamente de luces de carretera a luces de cruce para no deslumbrar.

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