Respuesta correcta
En todas las vías, con las excepciones reglamentarias; en autopistas y autovías está prohibida.
La regla general prohíbe circular marcha atrás, con las excepciones del artículo 80.1: cuando no se pueda avanzar ni cambiar de dirección o sentido, o como complemento de una maniobra que la exija, siempre con el recorrido mínimo indispensable. Como complemento de parada, estacionamiento o incorporación, no puede superar 15 metros ni invadir un cruce. En autopistas y autovías la marcha atrás está prohibida. El artículo 81 exige advertirla y realizarla sin peligro.
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Solo en las vías urbanas.
En todas las vías, con las excepciones reglamentarias; en autopistas y autovías está prohibida.
Solo en las autopistas y autovías.
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