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Glosario DGT
BCD

Autovía

Vía rápida con calzadas separadas para cada sentido y al menos dos carriles por sentido, sin cruces a nivel.

Definición

Una autovía es una vía pública con calzadas separadas para cada sentido de la circulación, al menos dos carriles por sentido y sin intersecciones a nivel. A diferencia de la autopista, la autovía puede tener accesos directos a fincas colindantes y no suele ser de peaje.

Diferencia con la autopista

La autopista no permite ningún acceso directo desde fincas colindantes y suele tener arcenes más amplios y peaje. La autovía sí puede tener accesos directos y rara vez tiene peaje. La velocidad máxima genérica es la misma en ambas: 120 km/h para turismos y motos.

Datos clave

  • Velocidad máxima genérica: 120 km/h para turismos y motocicletas.
  • Calzadas separadas físicamente, mínimo 2 carriles por sentido.
  • Sin cruces a nivel: los accesos son por carriles de aceleración y deceleración.
  • Prohibida para ciclomotores, peatones, animales y vehículos agrícolas.

Truco para el examen

El examen suele preguntar la diferencia entre autovía y autopista: la autopista no admite accesos directos a fincas y suele ser de peaje.

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