Respuesta correcta
No, en las condiciones descritas.
No. Las antiniebla delanteras se permiten cuando disminuye sensiblemente la visibilidad o en el supuesto específico de una calzada de 6,50 m o menos con sucesión de curvas señalizada, excluido en la pregunta. Las traseras solo deben encenderse con condiciones especialmente desfavorables, como niebla espesa. Estar en poblado no autoriza su uso indiscriminado ni implica una prohibición absoluta en todas las intersecciones.
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No, en las condiciones descritas.
Sí, por el mero hecho de circular en poblado.
Sí, las traseras pueden usarse siempre con visibilidad normal.
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