Opciones
A 100 kilómetros por hora.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
A 90 kilómetros por hora.
La velocidad máxima a la que un turismo podrá circular en una vía convencional como la de la imagen según la última modificación del Reglamento de Circulación realizada en fecha será de 90 kilómetros por hora.Esta velocidad no podrá incrementarse en 20 km/hora al realizar un adelantamiento a partir de Marzo del 2022.
A 110 kilómetros por hora.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
Explicación
La velocidad máxima a la que un turismo podrá circular en una vía convencional como la de la imagen según la última modificación del Reglamento de Circulación realizada en fecha será de 90 kilómetros por hora.Esta velocidad no podrá incrementarse en 20 km/hora al realizar un adelantamiento a partir de Marzo del 2022.
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