Opciones
Por el arcén.
Un vehículo de acompañamiento de ciclistas debe circular por el arcén si este es transitable y suficiente. Según la normativas de tráfico, cuando no existe una vía o parte de ella específicamente destinada a ciertos vehículos, estos deben utilizar el arcén de la derecha si es adecuado para la circulación. Esto incluye a ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos especiales con una masa máxima autorizada (MMA) hasta 3.500 kg, vehículos para personas de movilidad reducida, y vehículos en seguimiento de ciclistas. Si el arcén no es transitable o suficiente, estos vehículos pueden utilizar la parte necesaria de la calzada. Sin embargo, es importante que lo hagan de manera segura, sin obstruir el tráfico ni poner en riesgo a otros usuarios de la vía.
Por el centro de la calzada.
Por el carril derecho para proteger a los ciclistas.
Explicación
Un vehículo de acompañamiento de ciclistas debe circular por el arcén si este es transitable y suficiente. Según la normativas de tráfico, cuando no existe una vía o parte de ella específicamente destinada a ciertos vehículos, estos deben utilizar el arcén de la derecha si es adecuado para la circulación. Esto incluye a ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos especiales con una masa máxima autorizada (MMA) hasta 3.500 kg, vehículos para personas de movilidad reducida, y vehículos en seguimiento de ciclistas. Si el arcén no es transitable o suficiente, estos vehículos pueden utilizar la parte necesaria de la calzada. Sin embargo, es importante que lo hagan de manera segura, sin obstruir el tráfico ni poner en riesgo a otros usuarios de la vía.
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