Opciones
Sí, una o dos luces.
El Reglamento General de vehículos establece que están obligados a llevar encendido el alumbrado de largo alcance, los automóviles en general, las motocicletas de todo tipo y cilindrada, con o sin sidecar, y los vehículos de tres ruedas. En cuanto al número de luces, las motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas, deberán llevar una o dos luces.
Sí, si tienen sidecar. En el caso contrario, no.
No.
Explicación
El Reglamento General de vehículos establece que están obligados a llevar encendido el alumbrado de largo alcance, los automóviles en general, las motocicletas de todo tipo y cilindrada, con o sin sidecar, y los vehículos de tres ruedas. En cuanto al número de luces, las motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas, deberán llevar una o dos luces.
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