Saltar al contenido
BDificultad 3/5

Fuera de una autopista o autovía, ¿puede usar la marcha atrás como maniobra complementaria de otra que la exija?

Respuesta correcta

Sí, si la otra maniobra lo exige y cumple las condiciones de seguridad y los límites aplicables.

Sí, cumpliendo los artículos 80 y 81. Como norma general, se prohíbe la marcha atrás, salvo si no es posible avanzar ni cambiar de dirección o de sentido, o como complemento de otra maniobra que la exija, con el recorrido mínimo indispensable. Cuando complementa una parada, estacionamiento o incorporación, no puede superar 15 metros ni invadir un cruce. Debe realizarse lentamente, tras comprobar que no hay peligro y señalizarla. Está prohibida en autopistas y autovías.

Practica más preguntas del permiso B

Test rápido de 3 minutos con preguntas tipo examen. Gratis y sin registro.

Todas las opciones

  • Sí, si la otra maniobra lo exige y cumple las condiciones de seguridad y los límites aplicables.

  • Sí, pero únicamente para estacionar, nunca para incorporarse.

  • No, tampoco puede ser complementaria de otra maniobra.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

Comparte esta pregunta

Sigue estudiando

Términos del glosario en esta pregunta

Preguntas relacionadas