Opciones
No, salvo los cuadriciclos ligeros, que sí deben matricularse.
Sí, en todo caso.
Todos los ciclomotores que circulen por las vías públicas deberán ser debidamente matriculados y una vez hecho esto se expedirá el correspondiente permiso de circulación y tarjeta ITV con el que podrán pasar la inspección técnica de vehículos.
No, porque sólo deben matricularse los vehículos de motor.
Explicación
Todos los ciclomotores que circulen por las vías públicas deberán ser debidamente matriculados y una vez hecho esto se expedirá el correspondiente permiso de circulación y tarjeta ITV con el que podrán pasar la inspección técnica de vehículos.
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Términos del glosario en esta pregunta
Ciclomotor
Vehículo de dos o tres ruedas con motor de cilindrada ≤50 cm³ y velocidad máxima por construcción de 45 km/h.
Permiso de circulación
Documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico que autoriza a un vehículo a circular e identifica al vehículo y a su titular.
Tarjeta ITV (ficha técnica)
Documento oficial del vehículo que recoge sus características técnicas y el historial de inspecciones.
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