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BDificultad 2/5

Según la dotación general del anexo III del Reglamento General de Vehículos, un ciclomotor de dos ruedas debe llevar…

Respuesta correcta

es obligatorio el espejo retrovisor del lado izquierdo y optativo el del lado derecho.

El espejo retrovisor exterior izquierdo es obligatorio y el derecho figura como optativo en la tabla general del anexo III. Los espejos deben permitir observar el tráfico por detrás. Se deben conservar los dispositivos exigidos por la homologación del vehículo; que el derecho figure como optativo en esa tabla no autoriza a retirar uno que deba equipar el modelo.

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Todas las opciones

  • es optativo el espejo retrovisor del lado izquierdo y obligatorio el del lado derecho.

  • dos espejos retrovisores exteriores obligatorios, uno al lado izquierdo y otro al lado derecho.

  • es obligatorio el espejo retrovisor del lado izquierdo y optativo el del lado derecho.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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