Opciones
cuando no sea posible cambiar de dirección o sentido de la marcha.
como maniobra complementaria de la parada.
El recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación: no podrá ser superior a 15 metros, ni invadir un cruce de vías. En las autopistas y autovías está prohibido realizar marcha atrás, ya que en estas vías no está permitido ni parar ni estacionar.
en autovías y autopistas que discurran por poblado.
Explicación
El recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación: no podrá ser superior a 15 metros, ni invadir un cruce de vías. En las autopistas y autovías está prohibido realizar marcha atrás, ya que en estas vías no está permitido ni parar ni estacionar.
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