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A1Dificultad 3/5

Sin señalización que establezca otro límite, ¿en qué vía urbana fija el artículo 50 un límite genérico de 20 km/h para una motocicleta?

Respuesta correcta

En una vía con plataforma única de calzada y acera.

En vías con plataforma única de calzada y acera. El artículo 50 establece, como límites genéricos urbanos, 20 km/h para plataforma única, 30 km/h para un carril por sentido y 50 km/h para dos o más carriles por sentido, sin contar los reservados. Deben respetarse los límites específicos señalizados. No confunda esta regla con la zona S-28 de estancia y juego del catálogo de 2025, cuyo límite es 10 km/h.

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Todas las opciones

  • En cualquier vía urbana, cualquiera que sea su configuración.

  • En toda travesía, como límite genérico.

  • En una vía con plataforma única de calzada y acera.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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