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Parar no, pero estacionar sí.
Incorrect answer for this practice-bank question.
Sí.
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No, excepto en los de visibilidad reducida.
El Reglamento de Circulación establece que estará prohibido parar o estacionar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario. Así pues por lo general NO estará prohibido, pero en los de visibilidad reducida SÍ.
Explanation
El Reglamento de Circulación establece que estará prohibido parar o estacionar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario. Así pues por lo general NO estará prohibido, pero en los de visibilidad reducida SÍ.
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