Opciones
No, debe encender la luz antiniebla delantera en todos los casos.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
Sí, cuando el vehículo no dispone de luces antiniebla delanteras.
Cuando circulando con nuestro vehículo encontremos un tramo de vía afectado por un fenómeno meteorológico que reduzca la visibilidad como en el caso de niebla por ejemplo, deberemos encender el alumbrado antiniebla delantero o la luz de corto o largo alcance. En el caso de que el vehículo no disponga de alumbrado antiniebla delantero será obligatorio encender, al menos, las luces de posición junto a las de corto alcance o cruce.
No, debe encender obligatoriamente la luz antiniebla delantera y trasera.
Respuesta incorrecta para esta pregunta del banco de practica.
Explicación
Cuando circulando con nuestro vehículo encontremos un tramo de vía afectado por un fenómeno meteorológico que reduzca la visibilidad como en el caso de niebla por ejemplo, deberemos encender el alumbrado antiniebla delantero o la luz de corto o largo alcance. En el caso de que el vehículo no disponga de alumbrado antiniebla delantero será obligatorio encender, al menos, las luces de posición junto a las de corto alcance o cruce.
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