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CDificultad 3/5

¿En cuál de estos casos debe un turismo abandonar una autopista o autovía por la primera salida?

Respuesta correcta

Cuando una emergencia le obliga a circular a menos de 60 km/h.

Cuando una emergencia le obliga a circular a velocidad anormalmente reducida, por debajo de 60 km/h. Esa es la obligación de abandonar por la primera salida. Circular a 70 u 80 km/h sin emergencia no activa por sí solo esta regla. Una retención que obliga al tráfico a avanzar lentamente tampoco equivale a esa emergencia del vehículo. Si no puede alcanzar la velocidad mínima y existe peligro de alcance, debe utilizar las luces de emergencia durante la circulación; si continuar resulta inseguro, no fuerce la marcha.

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Todas las opciones

  • Siempre que circule a 80 km/h, aunque no exista emergencia.

  • Siempre que circule a 70 km/h, aunque no exista emergencia.

  • Cuando una emergencia le obliga a circular a menos de 60 km/h.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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