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AMDificultad 3/5

Según las tablas del anexo X del Reglamento General de Vehículos, ¿cómo figura la obligatoriedad de los indicadores de dirección en ciclomotores?

Respuesta correcta

Obligatorios con carrocería cerrada; opcionales en los demás casos de esas tablas.

En la tabla de ciclomotores de dos ruedas figuran como opcionales. En la de ciclomotores de tres ruedas o cuatriciclos ligeros, la nota 3 los establece obligatorios con carrocería cerrada y opcionales sin ella. Esta lectura de las tablas no autoriza a retirar dispositivos exigidos por la homologación concreta del vehículo ni a circular con los que lleva averiados; deben respetarse todos sus requisitos aplicables y señalizar las maniobras correctamente. No es correcto afirmar que esas tablas los hacen obligatorios en todos los ciclomotores ni opcionales en todos.

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Todas las opciones

  • Opcionales en todos los casos de esas tablas.

  • Obligatorios en todos los casos de esas tablas.

  • Obligatorios con carrocería cerrada; opcionales en los demás casos de esas tablas.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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