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BDificultad 2/5

Un turismo adelanta a un ciclista en una carretera convencional con un carril por sentido y sin arcén. Hay línea continua, visibilidad suficiente, no se pone en peligro a nadie y se cumplen las demás condiciones legales. ¿Puede ocupar parte del carril contrario dejando más de 1,5 m?

Respuesta correcta

Sí, en el supuesto descrito y cumpliendo las condiciones legales.

Sí, el artículo 88.2 permite rebasar a un ciclista aun en un tramo donde el adelantamiento esté prohibido, si no se crea peligro. No es una autorización general para adelantar a cualquier vehículo lento. Deben cumplirse las condiciones del artículo 85.4: ocupar parte o todo el carril contiguo y dejar al menos 1,5 m en este supuesto, sin poner en peligro ni entorpecer a quienes vienen de frente, incluso por el arcén. Fuera de poblado debe reducirse la velocidad al menos 20 km/h respecto del límite de la vía durante la maniobra. En calzadas con más de un carril por sentido se exige el cambio completo de carril.

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Todas las opciones

  • Sí, en el supuesto descrito y cumpliendo las condiciones legales.

  • No, la falta de arcén prohíbe cualquier adelantamiento.

  • No, toda entrada en el carril contrario está prohibida sin excepción.

Estado editorial: aprobado editorialmente. Este estado no acredita una revisión legal. Comunicar una corrección

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