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BDificultad 2/5

En una carretera convencional de doble sentido, sin separación física de sentidos, ¿cuál es la velocidad mínima general para un turismo si no hay causa justificada para circular más despacio?

Respuesta correcta

A 45 km/hora.

45 km/h, la mitad de la velocidad máxima genérica de 90 km/h aplicable al turismo en esta carretera. La anchura del arcén no cambia ese límite genérico. Puede circular por debajo cuando las circunstancias del tráfico, del vehículo o de la vía impidan mantener una velocidad superior sin riesgo, o concurra otra excepción reglamentaria. Adapte siempre la velocidad a la seguridad.

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Todas las opciones

  • A 40 km/hora.

  • A 45 km/hora.

  • A 50 km/hora.

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