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No, siempre que se garantice la seguridad vial de los usuarios y especialmente de los ciclistas.
El Reglamento de Circulación no considerará a los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales como obstáculos de la calzada, siempre que estos cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios de la vía y, en particular, de los ciclistas.
Sí, puesto que dificultan el cruce de los pasos de peatones.
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Sí, cuando son metálicos.
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Explanation
El Reglamento de Circulación no considerará a los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales como obstáculos de la calzada, siempre que estos cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios de la vía y, en particular, de los ciclistas.
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